18 de marzo, 2015
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Bajo el título “Desafío en terapias biológicas: directo a la solución”, la multinacional MSD ha reunido en una mesa debate a expertos para intercambiar opiniones y experiencias sobre lo que representa la llegada de estos tratamientos a un diverso grupo de pacientes afectados de patologías graves y relativamente frecuentes, pero con mínimas posibilidades de tratamiento eficaz.

Este encuentro tuvo lugar en el marco del XIX Congreso Nacional de Hospitales y Gestión Sanitaria organizado por SEDISA (Sociedad Española de Directivos de la Salud) y ANDE (Asociación Nacional de Directivos de Enfermería).

Los expertos manifestaron que la mejor forma para personalizar estos tratamientos es teniendo en cuenta la principal línea de investigación. Han insistido en que la complejidad de las moléculas y de su proceso de fabricación, así como de los posibles riesgos asociados, plantean la necesidad de implementar las medidas oportunas orientadas a garantizar el proceso de farmacovigilancia, lo que significa llevar a cabo una correcta identificación y seguimiento individual del medicamento en el momento de la prescripción por el médico, de la dispensación por el farmacéutico y de la administración al paciente. “Cualquier cambio de terapia sólo puede ser realizado y autorizado por el clínico, en base, exclusivamente, a criterios médicos y científicos, pues es quien mejor conoce la historia clínica de cada paciente y quien debe decidir qué es lo mejor para cada uno de ellos”, afirmó Natividad Calvente, adjunta a la dirección de Relaciones Institucionales de MSD en España, quien ejerció como moderadora.  

Pero, además de aportar un punto de vista clínico y administrativo, en la mesa debate se trató la prescripción de medicamentos biológicos desde un punto de vista jurídico. En esta ocasión, Jordi Faus, socio de Faus&Moliner Abogados, fue el encargado de analizar este tema desde esta perspectiva. Durante su exposición aseguró que “es necesario que los medicamentos biológicos se prescriban por marca, tal y como exige el Real Decreto 81/2014”. También recalcó que “hay un Real Decreto que regula la farmacovigilancia, el 577/2013, que exige que las reacciones adversas de estos productos se notifiquen identificando la marca y el número de lote del producto administrado”.

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